Facturación electrónica en España — Crea y Crece y UBL 2.1

A fecha de junio de 2026: el Real Decreto 238/2026 establece la capacidad de recepción para todas las empresas desde octubre de 2026; las empresas con una facturación superior a 8 millones € deben emitir desde aproximadamente octubre de 2027; el resto de empresas desde aproximadamente octubre de 2028. Confirme los plazos vigentes con la AEAT.

El mandato español

El mandato de facturación electrónica B2B de España deriva de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) y de su Real Decreto 238/2026 de desarrollo (abril de 2026). El mandato exige que las facturas B2B nacionales se emitan y reciban en formato electrónico estructurado. España acepta UBL 2.1, CII y FacturaE (el formato XML nacional español). Se aplica una implantación por fases: todas las empresas deben tener capacidad de recepción desde octubre de 2026; las que tengan una facturación superior a 8 millones € deben emitir desde aproximadamente octubre de 2027; las empresas más pequeñas desde aproximadamente octubre de 2028. La red de plataformas de presentación B2B (que sustituirá o ampliará FACe, utilizada actualmente para B2G) aún se está ultimando.

Cómo ayuda Invotify

Invotify Pro exporta UBL 2.1, CII y Peppol BIS 3.0, todos aceptados en el marco del mandato español además del formato nacional FacturaE. Para las facturas B2G, FACe es el portal existente. La red de plataformas B2B en el marco de Crea y Crece está pendiente de regulación definitiva. Invotify genera el archivo estructurado; la presentación a través de la plataforma correspondiente la gestiona su sistema de contabilidad o proveedor de servicios. La facturación electrónica es una función Pro.

  • UBL 2.1
  • CII
  • Peppol BIS 3.0

Facturación electrónica en España —
Preguntas frecuentes

Q01

¿Qué formatos acepta España para la facturación electrónica?

España acepta tres formatos conforme al Real Decreto 238/2026: FacturaE (el formato XML nacional español), UBL 2.1 y CII, todos conformes con la norma europea EN 16931. Invotify Pro exporta UBL 2.1, CII y Peppol BIS 3.0. Invotify no exporta FacturaE directamente; para la presentación específica en FacturaE se recomienda un proveedor de servicios o una integración dedicados.

Q02

¿Qué es Verifactu y es lo mismo que la facturación electrónica B2B?

No. Verifactu es un régimen aparte de certificación antifraude del software de facturación que exige que el software de facturación envíe registros de las operaciones a la AEAT (Agencia Tributaria española) en tiempo real. No es lo mismo que el mandato de facturación electrónica B2B de Crea y Crece. Verifactu se aplica a la emisión de facturas nacionales con fines de certificación del software; el mandato de facturación electrónica B2B del Real Decreto 238/2026 regula el intercambio estructurado de facturas entre empresas. Ambos regímenes pueden aplicarse simultáneamente.

Q03

¿Cuándo entra en vigor el mandato español de facturación electrónica B2B?

A fecha de junio de 2026: todas las empresas deben poder recibir facturas electrónicas estructuradas desde octubre de 2026. Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones € deben emitir facturas electrónicas estructuradas desde aproximadamente octubre de 2027. El resto de empresas deben emitir desde aproximadamente octubre de 2028. Los umbrales y plazos exactos están sujetos a la normativa de desarrollo definitiva; confírmelos con la Agencia Tributaria (AEAT).

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